La Constitución regula en su art 86 la figura del Decreto Ley, pero lo establece para casos de extraordinaria y urgente necesidad.
Los Gobiernos se han acogido a esta figura para establecer las normas sin ser debatidas por el Congreso y el Senado, sino que simplemente se limitan a aprobar lo legislado por el Gobierno.
Además regulan numerosos y variados aspectos dentro de esa norma, lo que hace que le denomine Real Decreto Ley ómnibus. Cuestión que va contra toda lógica jurídica.
No se respeta la separación de poderes.
En diciembre el Gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte y de Seguridad Social.
Entre otras medidas se prorrogan algunas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social. En concreto la ampliación hasta el 31 de diciembre de 2025 de la suspensión de los juicios de desahucio y lanzamiento para personas en situación de vulnerabilidad social.
El Congreso no ha convalidado el Real Decreto Ley, por lo que deja de tener vigencia lo aprobado por el Gobierno, y se podrá continuar con los procedimientos judiciales que se encontraban suspendidos.
Habrá que ver como termina la cuestión y que actitud toma el Gobierno en todas las medidas que se regulaban en el citado Real Decreto Ley.