LINEA DE AVALES PARA EL IMPAGO DE ALQUILER DE VIVIENDA

El Real Decreto-ley 1/2025 , de 28 de enero, ha creado una línea de avales para la cobertura en caso de impago de alquiler de vivienda cuando el arrendatario sea joven o persona vulnerable.

En el texto que adjunto  se establece lo que garantiza el aval, los requisitos y a los inquilinos que se les da cobertura.

El establecer una medida de avales como medida temporal para paliar el problema de la vivienda no me parece mal, pero creo que tal como lo han establecido no va tener mucho recorrido.

Los motivos por los que creo que no va a funcionar:

  • Los inquilinos que protege: menores de 35 años y personas en situación de vulnerabilidad.  Casi nadie va a alquilar una vivienda a una persona en situación de vulnerabilidad, porque sabe que el riesgo de impago es alto y va a tener un problema durante años.
  • La forma de recobrar las cantidades. En el plazo de  6 meses desde que se recupere la posesión de la vivienda.  Puede tardar años en recuperar la vivienda, y mientras tanto el coste económico y emocional va a ser muy alto.

El propietario  lo que quiere es seguridad jurídica, que los distintos poderes del Estado funcionen adecuadamente, y que en caso de impago pueda recuperar la vivienda de una forma rápida y con el menor coste económico y personal posible.

Me pregunto, ¿ Cómo es posible que un Real Decreto Ley den cobertura a  la ocupación y la inquiocupación y luego pongan el parche de este aval al alquiler?

Hay que tomar medidas valientes como la que ha tomado la Audiencia Provincial de Girona  de la que trataré en otra publicación.