LA ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DEMANDA

Cuando surge un litigio por un bien inmueble  una de las formas de poder garantizar el resultado del mismo es a través de la anotación preventiva de demanda.

La anotación preventiva de demanda es una medida cautelar  destinada a hacer posible la efectividad de la tutela judicial.

Mediante la inscripción de la anotación preventiva de demanda en el Registro de la Propiedad  se da publicidad de la existencia de un proceso judicial que puede afectar a algún derecho real del bien inmueble.

Con ello, se evita  que aparezcan terceros de buena fe protegidos por la fe pública registral y el principio de legitimación (artículos 34 y 38 de la Ley Hipotecaria), deviniendo inatacable su posición jurídica. 

Si no realizamos la anotación preventiva de demanda, el fallo que pueda recaer en el procedimiento judicial podría resultar estéril, ya que no se podría ejecutar respecto a un tercero de buena fe.

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