A VUELTAS CON LAS COMISIONES DE LAS INMOBILIARIAS

La semana pasada me llegó un cliente al despacho para hacerme una consulta sobre la hoja de encargo que había firmado con una inmobiliaria.

Lo primero que le dije, es que al abogado hay que acudir antes de firmar para ser asesorado y comprender el alcance de lo que se firma.

Pero aparte del consejo anterior, lo sorprendente de la cuestión y por lo que lo hago este post,  es la comisión que se establece como honorarios de la inmobiliaria.

La comisión está establecida en una cantidad fija, no en porcentaje,  y supone  un  12,83 % + IVA  del precio que se había fijado en la hoja de encargo como precio de venta.

Si habéis leído bien,  un 12, 83 % + IVA .

El precio de venta, al final parece ser que va a ser  algo inferior  al establecido en la hoja de encargo (aún no se ha finalizado la operación), por lo que la comisión sería del 14, 29 % + IVA.

Además se da la circunstancia de que las personas que vendían la vivienda son personas de un pequeño pueblo, dedicadas a la agricultura y con escasos conocimientos financieros y jurídicos.

Evidentemente no se va a pagar esa comisión,  y se va a negociar para abonar una comisión acorde al mercado de esa zona, que están entre un 3 %  y un 5 %.

Creo que está forma de actuar no es la correcta, y da mala imagen a la actuación de muchos profesionales del ámbito inmobiliario que actúan de forma profesional, con transparencia y no intentando aprovecharse de la gente.

Por último decir que la inmobiliaria corresponde a una franquicia, con la que da la casualidad que la mayoría de los problemas y quejas de particulares que he tenido en estos dos últimos años  están relacionadas con sus franquiciados.

Nota: El 1 de febrero voy a sacar un producto bastante interesante para todos aquellos que se dedican al ámbito inmobiliario.

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