El cambio de uso de local a vivienda se produce cada vez más debido a la alta demanda de viviendas, especialmente en ciudades con poco suelo para construir o que tienen una gran demanda de vivienda (Madrid, Barcelona, Málaga Cádiz, …).
Un cliente me hacia la consulta de si es necesaria la autorización de la comunidad de propietarios para cambiar el cambio de un local a vivienda.
En primer lugar hay que acudir al título constitutivo y a los estatutos.
En estos puede limitarse a describir las viviendas y locales integrantes del edificio, por lo que no es requisito la autorización de la Comunidad.
Pero si en el título constitutivo o en los estatutos se establece el uso exclusivo residencial de las viviendas y el uso exclusivo empresarial o profesional de los locales, será necesaria la modificación de este, para lo que será necesaria la unanimidad.
Pero aparte, está la autorización administrativa (del Ayuntamiento) que permita este cambio por reunir las condiciones necesarias de habitabilidad, esta es una cuestión ajena a la Comunidad.
Pueden además se plantean otra serie de cuestiones que trato en un capitulo de mi podcast.